VISAS V

Prestador de Servicios, Obra o Labor

Visa dirigida a extranjeros que desempeñarán labores temporalmente en Colombia bajo contrato de prestación de servicios, obra o labor.

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Alcance de la Visa

¿Para quién es esta visa?

Para desempeñar labores temporalmente en Colombia bajo contrato de prestación de servicios, obra o labor.

Requisitos

Requisitos Específicos

Contrato

Formato resumen de contrato de prestación de servicios, obra o labor, que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en la página web de la entidad en el que se consigne claramente la fecha de inicio y finalización del contrato

Carta de motivación

Carta de motivación del empleador, donde conste la idoneidad, labores a realizar. la formación con que cuenta el extranjero para esta ocupación y las razones por las cuales para dicha actividad no se contrata a un ciudadano colombiano

Sector minero energético

Cuando se trate empresas del sector minero energético, la Autoridad de Visas e Inmigración consultará en la plataforma de la Agencia Nacional Minera la existencia y vigencia del título minero respectivo. En el evento en que no se pueda consultar, requerirá al interesado para que lo aporte

Certificaciones bancarias

Certificaciones bancarias a nombre del empleador de los últimos seis (6) meses, en los que se demuestren ingresos promedio mensuales de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv)

Soporte profesional

Copia del título profesional apostillado y traducido o certificaciones de laborales y de experiencia que sustenten su idoneidad

Seguro de salud

Contar con un seguro de salud con cubrimiento en Colombia durante el tiempo de permanencia en el país.

Información Importante

Vigencia de hasta 2 años

La Visa V Prestador de Servicios, Obra o Labor podrá otorgarse hasta por dos (2) años.

Condiciones migratorias

Beneficiarios y restricciones

Esta visa contempla condiciones específicas sobre beneficiarios y permiso de trabajo.

Beneficiarios

Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios de acuerdo con la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3o de la presente Resolución.

Esta visa otorga permiso de trabajo exclusivamente para el cargo, entidad, profesión o actividad para la cual se otorgó.

En caso de que el contratante sea órgano, entidad o institución del Estado colombiano, Organismo Internacional Gubernamental, Misión Diplomática u Oficina Consular acreditada en Colombia, o Empresa de Economía Mixta, solo se requerirá carta de solicitud de la visa suscrita por el representante legal o quien haga sus veces, según el caso.

¿Listo para aplicar?

Nuestro equipo de especialistas te guiará en todo el proceso de solicitud de tu Visa V para Prestador de Servicios, Obra o Labor.