Cónyuge
Alcance de la Visa M Cónyuge
Para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con ciudadano colombiano y aspiren a convivir permanentemente con su cónyuge colombiano(a) en el país.
Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del artículo 90 de la respectiva resolución.
Permisos y beneficiarios
Esta visa otorga permiso abierto de trabajo y permite solicitudes para beneficiarios:
Registro civil
Copia autenticada del registro civil de matrimonio colombiano expedida dentro de los 3 meses previos a la solicitud de visa.
Carta de solicitud
Carta suscrita por el cónyuge colombiano solicitando la visa y manifestando la convivencia efectiva.
Poder especial
Con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano.
Movimiento migratorio
Certificado de movimientos migratorios del extranjero y de su cónyuge colombiano expedido por Migración Colombia.
La visa para Cónyuge
Sirve para que un extranjero casado con un ciudadano colombiano pueda establecerse y vivir de forma permanente en Colombia.
Beneficios
Vigencia de hasta 3 años
La Visa M Cónyuge podrá otorgarse hasta por 3 (tres) años.
