Visa migrante

Cónyuge

Alcance de la Visa M Cónyuge

Para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con ciudadano colombiano y aspiren a convivir permanentemente con su cónyuge colombiano(a) en el país.

Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del artículo 90 de la respectiva resolución.

Permisos y beneficiarios

Esta visa otorga permiso abierto de trabajo y permite solicitudes para beneficiarios:

  • Beneficiarios: Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios de acuerdo con la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3 de la presente Resolución.
  • Permiso de trabajo: Esta visa otorga un permiso abierto de trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional. cumpliendo las normas mencionadas en el Artículo 16 de la presente resolución.

Registro civil

Copia autenticada del registro civil de matrimonio colombiano expedida dentro de los 3 meses previos a la solicitud de visa.

Carta de solicitud

Carta suscrita por el cónyuge colombiano solicitando la visa y manifestando la convivencia efectiva.

Poder especial

Con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano.

Movimiento migratorio

Certificado de movimientos migratorios del extranjero y de su cónyuge colombiano expedido por Migración Colombia.


La visa para Cónyuge

Sirve para que un extranjero casado con un ciudadano colombiano pueda establecerse y vivir de forma permanente en Colombia.

Beneficios

Vigencia de hasta 3 años

La Visa M Cónyuge podrá otorgarse hasta por 3 (tres) años.