VISAS M

Cónyuge

Para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con ciudadano colombiano y aspiren a convivir efectivamente con su cónyuge colombiano(a) en el país.

Información general

Alcance de la visa

Para extranjeros que tengan vínculo matrimonial con ciudadano colombiano y aspiren a convivir efectivamente con su cónyuge colombiano(a) en el país. Esta visa permite acumular

tiempo para la Visa de Residente en los términos del artículo 90 de la presente Resolución.

Requisitos

Requisitos Específicos

Registro civil

Copia auténtica del registro civil de matrimonio colombiano expedida dentro de los 3 meses previos a la solicitud de visa.

Carta de solicitud

Carta suscrita por el cónyuge colombiano solicitando la visa y manifestando la convivencia efectiva.

Poder especial

Poder especial con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano.

Movimientos migratorios

Certificado de movimientos migratorios del extranjero y de su cónyuge colombiano expedido por Migración Colombia.

Información Importante

Vigencia de hasta 3 años

La Visa M Cónyuge podrá otorgarse hasta por 3 (tres) años.

Permisos y beneficiarios

Trabajo y beneficiarios

Esta visa otorga permiso abierto de trabajo y permite solicitudes para beneficiarios.

Beneficiarios

Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios de acuerdo con la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3o de la presente Resolución.

Esta visa otorga un permiso abierto de trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional. cumpliendo las normas mencionadas en el Artículo 16 de la presente resolución.

¿Listo para aplicar?

Nuestro equipo de especialistas te guiará en todo el proceso de solicitud de tu Visa M para Cónyuge.