Visa residente

Por tiempo acumulado

Alcance de la Visa r por tiempo acumulado

Para el extranjero que ha permanecido en el territorio nacional como titular de las visas Migrante (M) vigentes, acumulando los tiempos que se señalan a continuación.

Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del Artículo 90 de la presente Resolución.

Permisos y beneficiarios

Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios de acuerdo con la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3 de la presente Resolución:

  • Parágrafos: PARÁGRAFO 1o. En aplicación del principio de reciprocidad, los extranjeros titulares de una visa M otorgadas bajo Acuerdo de Residencia de Mercosur o bajo Estatuto Migratorio Andino, deberán aportar los requerimientos adicionales que eventualmente le sean exigidos a los nacionales colombianos en otro país miembro de dicho Acuerdo o Estatuto. PARÁGRAFO 2o. Para efectos del cálculo de tiempo acumulado, se considerará que existe continuidad de tiempo cuando una visa ha sido otorgada antes de la expiración de la visa precedente. El salvoconducto no constituye factor de continuidad para el cálculo de acumulación de tiempo. PARÁGRAFO 3o. El cumplimiento de requisito de tiempo de permanencia al que se refiere el presente artículo, no constituye un atributo automático que garantice el otorgamiento de la visa de Residente Permanente (R). PARÁGRAFO 4o. El extranjero en calidad de beneficiario de una visa Residente Permanente (R), podrá solicitar visa R como titular principal siempre que sea mayor de 18 años y acredite independencia y solvencia económica”.
  • Cónyuge o compañero permanente: a) Carta de solicitud de visa suscrita por el cónyuge o compañero permanente colombiano que dio respaldo a la visa de Migrante en la cual manifieste la persistencia del vínculo y la convivencia efectiva, consignando claramente su dirección física, dirección de correo electrónico y teléfono.
    b) Copia sencilla de la cédula de ciudadanía.
    c) Poder especial otorgado ante notario para que extranjero solicite dicha visa.

Carta de solicitud

De visa en la que se explique la fuente de ingresos para el sostenimiento propio y de sus beneficiarios, cuando aplique; y se describa de qué manera se mantienen las circunstancias o condiciones que dieron lugar al otorgamiento de las visas previas sujetas a acumulación de tiempo.

Cedula de extranjeria

Copla de la cédula de extranjería, con el propósito de consultar los antecedentes judiciales.

Verificación

La Autoridad de Visas e Inmigración podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social del solicitante.


La visa para Residente por tiempo acumulado

Sirve para obtener la residencia permanente en Colombia tras haber vivido en él de forma legal, continuada e ininterrumpida durante una cantidad de años específica bajo visados previos.

Beneficios

Vigencia por tiempo acumulado

M Cónyuge de nacional colombiano(a): 3 años
M Madre o padre de nacional colombiano por adopción: 2 años
M Padre o madre de nacional colombiano por nacimiento: 2 años
M Migrante Mercosur: 2 años
M Migrante Andino: 2 años
M Compañero(a) permanente de nacional colombiano(a): 5 años
M Refugiado: 5 años
M Trabajador: 5 años
M Socio o Propietario: 5 años
M Profesional Independiente: 5 años
M Pensionado: 5 años
M Fomento a la internacionalización: 5 años
M Inversionista: 5 años
R Beneficiario: 5 años