Visa migrante

Socio o propietario

Alcance de la Visa M socio o propietario

Para extranjeros que hayan constituido empresa o adquirido participación en el capital social de una sociedad comercial en funcionamiento.

Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del artículo 90 de la presente Resolución.

Restricciones y beneficiarios

ta visa establece condiciones específicas respecto al trabajo autorizado y la posibilidad de solicitar visas para beneficiarios:

  • Restricción laboral: En el caso del empresario que constituya o adquiera participación en el capital social de sociedad comercial en funcionamiento, esta visa tendrá un permiso de trabajo exclusivamente aplicable en la sociedad de la cual es socio, accionista o propietario. Igualmente deberá cumplir con las normas previstas para el ejercicio de una profesión o actividad regulada.
  • Beneficiarios: Esta visa permite a su titular principal solicitar visa para beneficiarios de acuerdo con la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3 de la presente Resolución.
  • Parágrafo: La adquisición de acciones en el mercado secundario, no da lugar a la expedición de este tipo de visa.

Carta de solicitud

En la que se informe razón social, domicilio y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad comercial constituida o en la que invierte, la actividad principal de la empresa y la cantidad de empleos directos que genera.

Inversion y participacion

Acreditar constitución, participación, adquisición en capital pagado de sociedad comercial, o registro de la inversión extranjera, por un monto no inferior a 100 smmlv.

Actividad Económica y solvencia

Demostrar que la empresa comercial mantiene actividad económica y solvencia mediante extractos bancarios de los últimos tres meses previos a la solicitud de visa, declaración de renta, aportes a la seguridad social, contrato de arrendamiento y/o comprobantes de los pagos de impuestos.

Sociedades por acciones

Cuando se trate de sociedades por acciones, la participación en la sociedad se acreditará con certificado de composición accionaria suscrita por contador público, indicando monto de capital o activo registrado y pagado de propiedad del extranjero solicitante de la visa, el cual no podrá ser inferior al equivalente de 100 smmlv.


La visa para socio o propietario

Sirve específicamente para que los extranjeros que invierten su propio capital en una empresa colombiana (o compran un inmueble) puedan establecerse legalmente en el país para dirigir su negocio, trabajar en él y proteger su inversión de forma continua.

Beneficios

Vigencia de hasta 3 años

La Visa M Socio o Propietario podrá otorgarse hasta por tres (3) años. Su vigencia estará supeditada a que el monto de participación accionaria se mantenga durante todo el período de validez de la visa.