Compañero(a) Permanente de Nacional Colombiano
Alcance de la Visa M compañero(a) permanente de nacional colombiano
Para extranjeros que tengan unión de hecho con ciudadanos colombianos, esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente en los términos del Artículo 90 de la presente Resolución.
Permisos y beneficiarios
Esta visa otorga permiso abierto de trabajo y permite solicitudes para beneficiarios:
Escritura pública
Copia autenticada de la escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación; o certificado de vigencia cuando corresponda, expedida con una antelación no mayor a (3) tres meses en donde se declara la existencia de la unión marital de hecho.
Carta del compañero(a)
Se aceptará el documento válido que compruebe la unión marital de hecho de acuerdo con las leyes del lugar donde se declaró su existencia, con el cumplimiento de las formalidades previstas para los documentos extranjeros.
Carta suscrita por el compañero(a)
En la cual se solicite la visa para su compañero(a); manifieste que mantienen convivencia única, constante, perseverante y estable; y se comprometa a informar a la Autoridad de Visas e Inmigración cualquier cambio en las circunstancias de la convivencia.
Poder especial
Poder especial otorgado al extranjero para solicitar dicha visa con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano.
La visa para compañero(a) permanente de nacional colombiano
Sirve para que los extranjeros que viven en unión libre (de hecho) con un ciudadano colombiano puedan residir, trabajar y establecerse legalmente en el país a largo plazo.
Beneficios
Vigencia de hasta 3 años
La Visa M Compañero(a) Permanente otorga estabilidad legal en el territorio nacional durante este periodo.
