VISAS V

Nómadas Digitales

Diseñado para nómadas digitales que realizan trabajo remoto o teletrabajo desde Colombia, operando a través de internet de forma exclusiva para empresas extranjeras.

nómadas digitales
Alcance de la Visa

¿Para quién es esta visa?

Para prestar servicios de trabajo remoto o teletrabajo, desde Colombia, a través de medios digitales e internet, exclusivamente para empresas extranjeras, como independiente o vinculado laboralmente, o para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para el país.

Requisitos

Hasta 2 años

Beneficiarios
Incluye familiares

Restricción

No trabajo local

Requisitos

Requisitos Específicos

Pasaporte vigente

Ser titular de pasaporte expedido por alguno de los países o territorios exentos de visa de corta estancia, según resolución.

Carta de empresa extranjera

Carta en español o en inglés, expedida por una o varias empresas extranjeras indicando el tipo de vínculo y remuneración. En caso de tener un contrato, aportarlo, o demostrar que es socio o copropietario de una empresa en el extranjero.

Emprendedores

Presentar carta motivacional explicando su proyecto de emprendimiento y los recursos financieros y humanos con que cuenta o aspira a contar.

Nómadas Digitales

Extractos bancarios

Demostrar mediante extractos bancarios contar con ingresos mínimos equivalentes a tres (3) SMLMV durante los últimos 3 meses.

Póliza de salud

Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación.

Información Importante

Restricciones y Notas

Esta visa no permite trabajar o desarrollar actividad remunerada con persona jurídica o natural domiciliada en el territorio nacional.

Los nómadas digitales, trabajadores remotos y emprendedores digitales de nacionalidades que no requieren visa para corta estancia, establecidas mediante Resolución, podrán ingresar sin visa y permanecer en Colombia con Permiso de Ingreso otorgado por la autoridad migratoria, de acuerdo con la norma vigente; siempre que su permanencia en el país no genere pagos de empresas colombianas y su periodo de permanencia no sea superior a 90 días que podrá extenderse hasta máximo 180 días continuos o discontinuos año calendario.

¿Listo para aplicar?

Nuestro equipo de especialistas te guiará en todo el proceso de solicitud de tu Visa V para nómadas digitales.

nómadas digitales

Preguntas frecuentes de nómadas digitales

¿Cuál es el ingreso mínimo requerido para obtener la visa de nómada digital?

La normativa migratoria colombiana estipula que el solicitante debe demostrar ingresos mensuales equivalentes a por lo menos tres (3) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) en Colombia. Esto debe respaldarse de manera transparente mediante tus extractos bancarios oficiales del último trimestre.

Esta visa se otorga por un periodo máximo de hasta dos (2) años. Te permite entrar y salir del país de forma regular y disfrutar de tu estancia de largo plazo de manera completamente legal. No obstante, el tiempo final otorgado queda sujeto a la discreción de la autoridad migratoria colombiana.

No. Esta categoría de visado está diseñada exclusivamente para profesionales independientes o empleados remotos cuyos ingresos provengan enteramente de fuentes extranjeras. No te faculta para ejercer actividades laborales subordinadas, contratos de prestación de servicios o comercio con entidades locales dentro de Colombia.

Sí, el titular principal de la Visa de Nómada Digital puede amparar a sus familiares directos en calidad de beneficiarios (cónyuge, compañero/a permanente e hijos menores de 25 años que dependan económicamente). Para ello, se debe adjuntar la documentación que demuestre el vínculo civil (registros de nacimiento o matrimonio) debidamente apostillada y traducida.

Aunque el trámite se puede iniciar en línea de manera independiente, la plataforma de la Cancillería suele ser confusa, presentar fallas técnicas recurrentes o generar rechazos automáticos debido a errores mínimos en la redacción de las cartas de teletrabajo o en las coberturas de las pólizas.