Visa Migrante por Cónyuge
Especialistas en visa tipo M
Visa Migrante por Cónyuge
¿Qué es la visa migrante por cónyuge?
La visa Migrante tipo M – cónyuge de nacional colombiano es una categoría especial dirigida a extranjeros que tienen un vínculo de matrimonio con un un ciudadano colombiano, y que desean residir en Colombia con todos los derechos de un migrante.
Visa de migrante Colombia
¿Quiénes pueden solicitar la visa cónyuge?
Para acceder a la visa migrante por cónyuge, debes cumplir ciertas condiciones fundamentales que enumeramos a continuación.
Ademas, no debes olvidar que la autoridad migratoria puede exigir otros requisitos que considere necesarios (puede solicitar más documentos, traducciones, legalizaciones, apostillas, etc.).
- Vínculo legal reconocido: Estar legalmente casado con un ciudadano colombiano (matrimonio reconocido o registrado).
- Relación de buena fe y convivencia efectiva: La autoridad de visas puede requerir evidencia de que la relación es real: convivencia continua, cuentas compartidas, fotos, comunicaciones, declaraciones juradas, entrevistas o citaciones.
- Documentación válida y en regla: Se exigirá pasaporte válido con al menos 6 meses de vigencia, antecedentes penales apostillados y traducidos, certificado de matrimonio, carta de solicitud del cónyuge colombiano, poder, entre otros
Visa de migrante Colombia
Ventajas de tener la visa migrante por cónyuge
- Residir legalmente en Colombia durante la vigencia de la visa.
- Obtener permiso de trabajo abierto (para muchas categorías).
- Incluir beneficiarios: hijos menores, dependientes, etc.
- Acumular tiempo para solicitar la visa de Residente (R) más adelante.
- Mayor estabilidad: no depender de permisos temporales o renovaciones excesivas.
- Facilita trámites adicionales como la cédula de extranjería, acceso a servicios de salud, afiliación al sistema de seguridad social, contrato laboral formal, etc.
checklist para visa cónyuge
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Visa Migrante por Cónyuge
Paso a paso del trámite de visa por cónyuge
Primero debes reunir la documentación requerida que incluye todos los documentos generales y específicos mencionados en el checklist. Asegúrate de apostillar, legalizar o traducir lo necesario según las exigencias de Colombia.
Diligenciar la solicitud en línea
La Cancillería de Colombia dispone de un portal web para tramitar visas. Debes subir los documentos digitalizados (PDF, JPG, etc.).
Pago de tasa de estudio y derechos de visa
Pagar el valor correspondiente al procesamiento de la visa y luego los derechos de aprobación si es aceptada.
Atender requerimientos adicionales o entrevistas (si se solicitan)
La autoridad migratoria puede pedir documentos complementarios, según cada caso.
Si todo está en orden, te concederán la visa tipo M con la vigencia correspondiente, y para eso, en Alexmigration cuentas en todo momento con la asesoría de un experto en la normatividad migratoria colombiana para que el proceso culmine con la aprobación de la visa.
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Revisión completa de tu documentación (validación de formatos, legalizaciones, traducciones)
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Preparación de la carta de solicitud, poder, y todos los escritos formales
4.
Gestión de presentación en el portal de Cancillería
5.
Seguimiento al trámite y atención de posibles requerimientos o subsanaciones
6.
Asistencia para solicitar la cédula de extranjería. Plan estrategia para migración hacia visa de Residente.
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Visa Migrante
Preguntas frecuentes visa por cónyuge
A continuación, algunas de las dudas más comunes que suelen tener quienes buscan la visa migrante por cónyuge:
¿Puedo tramitar la visa si aún no estamos casados, pero convivimos desde hace varios años?
Sí, se permite demostrar unión marital de hecho, la cual debe estar legalmente constituida en escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación, este documento debe tener una antigüedad de mínimo un año para poder hacer la solicitud, cuando haya convivencia continua, pruebas de vida en común, etc.
No es obligatorio estar casado, pero la autoridad migratoria requiere evidencia suficiente.
Además, se debe tener en cuenta que esta ya NO es una visa de cónyuge, esta visa es una categoría diferente, llamada visa de compañero permanente.
¿Desde dónde puedo presentar la solicitud: desde Colombia o desde el extranjero?
Puedes presentar la solicitud desde Colombia (si ya estás en el país con permiso de turismo o visitante) o desde el consulado colombiano en el extranjero, a través del portal de visas.
¿Cuánto dura el trámite para obtener la visa de cónyuge?
El tiempo varía, pero la Cancillería establece que el estudio del trámite puede tomar entre 1 y 30 días, dependiendo de la complejidad y si hay requerimientos adicionales.
¿Puedo trabajar con la visa migrante por cónyuge?
Sí. En la mayoría de los casos esta visa otorga permiso para actividades remuneradas (trabajo) sin necesidad de permiso adicional.
¿Qué pasa si me ausento del país por más de 180 días seguidos?
La visa tipo M caduca de forma automática si el titular permanece fuera del país más de 180 días continuos dentro del período de 365 días contados desde su expedición.
Sí, se permite demostrar unión marital de hecho, la cual debe estar legalmente constituida en escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación, este documento debe tener una antigüedad de mínimo un año para poder hacer la solicitud, cuando haya convivencia continua, pruebas de vida en común, etc.
No es obligatorio estar casado, pero la autoridad migratoria requiere evidencia suficiente.
Además, se debe tener en cuenta que esta ya NO es una visa de cónyuge, esta visa es una categoría diferente, llamada visa de compañero permanente.
Puedes presentar la solicitud desde Colombia (si ya estás en el país con permiso de turismo o visitante) o desde el consulado colombiano en el extranjero, a través del portal de visas.
El tiempo varía, pero la Cancillería establece que el estudio del trámite puede tomar entre 1 y 30 días, dependiendo de la complejidad y si hay requerimientos adicionales.
Sí. En la mayoría de los casos esta visa otorga permiso para actividades remuneradas (trabajo) sin necesidad de permiso adicional.
La visa tipo M caduca de forma automática si el titular permanece fuera del país más de 180 días continuos dentro del período de 365 días contados desde su expedición.